El principio de jurisdicción universal
Mots-clés :
principio de jurisdicción universal, facultad estatal, derecho de las víctimasRésumé
La necesidad de activar mecanismos para la protección del ser humano ante la comisión de crímenes internacionales y la persecución y castigo de quienes los cometían surge sobre todo después de la II Guerra Mundial, pero se incrementa de manera notable a partir de la década de los noventa. Mucho se ha avanzado desde aquella tímida obligación de aut dedere aut judicare (buscar, detener y enjuiciar o, en su caso, extraditar) prevista para las infracciones graves de las Convenciones de Ginebra de 1949, siendo en la actualidad más de cien los Estados que a nivel interno han adoptado la legislación necesaria para ejercer la jurisdicción universal respecto de varios tipos penales, fundamentalmente, crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio, así como aquellos otros en los que así lo prevean determinados tratados internacionales (por ejemplo, la Convención para la supresión y castigo del crimen de apartheid de 1973, la Convención contra la tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos y degradantes de 1984, la Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio de 1948 y diversas convenciones sobre terrorismo y otras materias).
Pese a su expansión y aceptación gradual, el principio no ha estado exento de polémica. Ni siquiera la Corte Internacional de Justicia ha sido capaz de arrojar luz al respecto y abogar por una defensa absoluta del mismo (como demostró en el asunto relativo a la orden de arresto de 11 de abril de 2000 o confirmó, aunque de manera indirecta, por ejemplo, en el asunto sobre las inmunidades jurisdiccionales de 2012). Los Estados, por su parte, han demostrado también cierta inquietud acerca de la figura de la jurisdicción universal, sobre todo por sus difusos contornos y las intromisiones que, según algunos, supone respecto del principio de no injerencia. De esta manera, ha ido calando la idea de que era necesario poner límites al ejercicio de la jurisdicción universal y vincularla a la existencia de ciertos nexos con el Estado cuyos tribunales quisieran ejercerla. Esa es la postura que, de hecho, ha terminado abrazando el Estado español o el Estado belga, otrora muy generosos con la figura.
Clarificar la jurisdicción universal en el ámbito internacional es esencial para arrojar luz sobre un mecanismo, el de la jurisdicción universal, cuyo fin último no es sino proteger al ser humano y garantizar el resarcimiento de las víctimas de crímenes internacionales.
Téléchargements
Références
ABELLÁN HONRRUBIA, V., “La responsabilité internationale de l’individu”, Recueil des Cors de l’Académie de Droit International de La Haye, núm. 280, pp. 135- 428.
BASSIOUNI, M. CH., International Criminal Law Conventions and Their Penal Provisions, Transnational Publishers, New York, 1997.
BASSIOUNI, M. CH., “Universal Jurisdiction for International Crimes: Historical Perspectives and Contemporary Practice”, Virginia Journal of International Law Association, vol. 42, Issue 1, Fall 2001, pp. 1-62.
BERDUGO GÓMEZ DE LA TORRE, I., “Acerca de la internacionalización del Derecho Penal”, PÉREZ CEPEDA, A. (Dir.), El principio de Justicia Universal: Fundamentos y límites, Tirant lo Blanch, Valencia 2012, pp. 21-43.
BURGERS, J. H. y DANELIUS, H., The United Nation Convention against Tortur. A handbook on the Convention against Torture and Other Cruel, Inhuman or Degrading Treatment or Punishment, M. Nijhoff , Dordrecht, 1988.
CASSESE, A., International Criminal Law, Oxford University Press, New York, 2003.
CASSESE, A., “Remarks on Scelle’s Theory of ‘Role Splitting’ (dédoublemnet fonctionnel) in International Law), European Journal of International Law, núm. 1, pp. 210-231.
CASTRESANA FERNÁNDEZ, C., “La contribución de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala a la protección de los Derechos Humanos”, La justicia universal en el Derecho internacional: Mesa redonda de expertos, Asociación Pro Derechos Humanos de España (apdhe), 2011.
CERVELL HORTAL, Mª. J., Genocidio, responsabilidad internacional e inmunidad de los Jefes de Estado, Iustel, Madrid, 2013.
CHINCHÓN ÁLVAREZ, J., “El principio de jurisdicción universal. Concepto y fundamentos lógico y jurídico”, Tiempo de Paz, núm. 112, primavera 2014, pp. 6-12.
CHINCHÓN ÁLVAREZ, J., “Jurisdicción Universal”, Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, núm. 7, septiembre 2014- febrero 2015, pp. 236-247.
DE PRADA SOLAESA, J. R., “Marco constitucional e internacional de la Justicia Universal”, La justicia universal en el Derecho internacional: Mesa redonda de expertos, Asociación Pro Derechos Humanos de España (apdhe), 2011, pp. 23–28.
EL ZEIDY, M. M., “Universal Jurisdiction In Absentia: is it a Legal Valid Option for Repressing Hinoous Crimes?”, Int´L, vol. 37, 2003, pp. 835-861.
FERNÁNDEZ-FLORES DE FUNES, J. L., “De la jurisdicción territorial a la jurisdicción universal”, Soberanía del Estado y Derecho Internacional. Homenaje al Profesor Juan Antonio Carrillo Salcedo. Tomo I, Universidad de Córdoba, Universidad de Sevilla, Universidad de Málaga. Sevilla 2005, pp. 569-574.
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, P. A., “El deber de asegurar el goce de los derechos humanos y la conducta contraria”, Revista Electrónica Iberoamericana, vol. 7, núm. 2, 2013, pp. 59-73.
FERRER LLORET, J., “El principio de jurisdicción universal: su aplicación en España”, Cursos de Derechos Humanos de Donostia-San Sebastián, vol. 5, 2004, pp. 107-170.
GARCÍA ARÁN, M. y LÓPEZ GARRIDO, D. (Coord.), Crimen internacional y jurisdicción universal. El caso Pinochet, Tirant lo Blanch, Valencia, 2000.
GIL GIL, A., Derecho penal internacional. Especial consideración del delito de genocidio, Tecnos, Madrid, 1999.
GIL GIL, A., España, AMBOS, K. y MALARINO, E. (Eds.), Persecución penal nacional de crímenes internacionales en América Latina y España, Fundación Donrad-Adenauer, Montevideo, Uruguay,2003.
GIRÓN BÉJAR, D., “La jurisdicción Universal y las repercusiones de su aplicación en la política exterior de España”, Cuestiones actuales sobre la diplomacia y las relaciones internacionales en los inicios del siglo XXI, Cuadernos de la Escuela Diplomática, núm. 49, Escuela Diplomática, Madrid 2013, pp. 13-84.
HELLMAN, J., Jurisdicción Universal sobre crímenes internacionales. Su aplicación en España, Comares, Granada, 2013.
LAMARCA PÉREZ, C., La justicia universal en el derecho internacional. Mesa redonda de expertos, APDHE-FIDH-Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Madrid, 2011.
MARTÍNEZ ALCAÑIZ, A., El principio de justicia universal y los crímenes de guerra, Instituto Universitario General Gutiérrez Mellado – UNED, Madrid, 2015.
MESSUTI, A., “Las huellas de Francisco de Vitoria en el artículo 53 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados”, PÉREZ CEPEDA, A. (Dir.), El principio de Justicia Universal: Fundamentos y límites, Tirant lo Blanch, Valencia 2012, pp. 45-59.
OLLÉ SESÉ, M., Justicia universal para crímenes internacionales, La Ley, Madrid, 2008.
OLLÉ SESÉ, M., “El principio de Justicia Universal en España: del caso Pinochet a la situación actual”, TAMARIT SUMALLA, J. (Coord..), Justicia de transición, justicia penal internacional y justicia universal, Atelier, Barcelona 2010, pp. 225-236.
OLLÉ SESÉ, M., “La reforma actual de la Justicia Universal”, La justicia universal en el Derecho internacional: Mesa redonda de expertos, Asociación Pro Derechos Humanos de España (apdhe), 2011.
ORIHUELA CALATAYUD, E., “Justicia universal y derechos humanos”, SOROETA LICERAS, J., (Ed.), Cursos de Derechos Humanos de Donostia-San Sebastián, vol. III, Servicio Editorial de la Universidad del País Vasco, Bilbao 2002, pp. 111-154.
ORIHUELA CALATAYUD, E., La jurisdicción universal en España, Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de la Región de Murcia, Murcia, 2016.
ORIHUELA CALATAYUD, E., “La regulación de la jurisdicción universal en España. Reflexiones a la luz de las últimas reformas (2014 y 2015)”, ORIHUELA CALATAYUD, E. (Coord.), Crímenes internacionales y justicia penal. Principales desafíos, Aranzadi, Navarra 2016, pp. 283-317.
PÉREZ CEPEDA, A. (Dir.) y BENITO SÁNCHEZ, D. (Ed.), El Principio de Justicia Universal. Una propuesta de lege ferenda, Ratio Legis, Salamanca, 2013.
PÉREZ CEPEDA, A., “Principio de Justicia penal universal versus principio de Jurisdicción penal internacional”, PÉREZ CEPEDA, A. (Dir.), El principio de Justicia Universal: Fundamentos y límites, Tirant lo Blanch, Valencia, 2012, pp. 61-101.
PHILIPPE, X., “Los principios de jurisdicción universal y complementariedad: su interconexión”, International Review of the Red Cross, núm. 862, junio, 2006.
PIGRAU SOLÉ, A., La jurisdicción universal y su aplicación en España: la persecución del genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad por los Tribunales nacionales, Col-lección Recerca per Drets Humans, 3, Generalitat de Catalunya, Oficina de promoción de la paz y los Derechos Humanos, Barcelona, 2009.
PIGRAU SOLÉ, A., “Elementos de Derecho Internacional penal”, Cursos de Derecho Internacional y Relaciones Internacional de Vitoria-Gasteiz, Servicio editorial de la Universidad del País Vasco, País Vasco, 1997.
QUINTANO RIPOLLÉS, A., Tratado de Derecho Penal Internacional e Internacional Penal, Tomo I, Madrid, 1955.
RABINOVITCH, R., “Universal Jurisdiction in Absentia”, Fordham Int´L, vol. 28, 2005, pp. 500-530.
REMIRO BROTONS, A., “La persecución de los crímenes internacionales por los tribunales estatales: el principio de universalidad”, Derecho Internacional, Tirant lo Blanch, Valencia, 2007.
REMIRO BROTONS, A., El caso Pinochet. Los límites de la impunidad, Tirant lo Blanch, Valencia, 2000.
REMIRO BROTONS, A., Derecho Internacional, Editorial Tirant lo Blanch, Valencia, 2007.
SÁNCHEZ LEGIDO, A., Jurisdicción universal penal y derecho internacional, Tirant lo Blanch, Valencia, 2003.
SIMON, J. M., “Jurisdicción Universal. La perspectiva del Derecho Internacional Público”, REEI, núm. 4, 2002.
THALMANN, V., “National criminal jurisdiction over genocide”, The UN Genocide Convention. A commentary (ed. por P. Gaeta), Oxford University Press, 2009, pp. 231-258.
VARGAS CARREÑO, E., “El Proyecto de Código de Crímenes contra la Paz y la Seguridad de la Humanidad de la Comisión de Derecho internacional”, Liber Amicorum Héctor Fix-Zamundio, vol. II, Corte Interamericana de Derechos Humanos, San José 1998, pp. 1523-1532.
VÁZQUEZ SERRANO, I., "La evolución de los vínculos de conexión en el establecimiento del principio de jurisdicción universal en España", II Jornadas Doctorales, Escuela Internacional de Doctorado, Universidad de Murcia, 2016.
Téléchargements
Publié-e
Comment citer
Numéro
Rubrique
Licence
Aquellos autores/as que tengan publicaciones con esta revista, aceptan los términos siguientes:
- Los autores/as conservarán sus derechos de autor y garantizarán a la revista el derecho de primera publicación de su obra, el cuál estará simultáneamente sujeto a la Licencia de reconocimiento de Creative Commons (BY-NC-SA) 4.0 que permite a terceros compartir la obra siempre que se indique su autor y su primera publicación esta revista, no se haga uso comercial, y si se remezcla, se transforma o se crea a partir del material, se debe distribuir bajo la misma licencia del original.
- Los autores/as podrán adoptar otros acuerdos de licencia no exclusiva de distribución de la versión de la obra publicada (p. ej.: depositarla en un archivo telemático institucional o publicarla en un volumen monográfico) siempre que se indique la publicación inicial en esta revista.
- Se permite y recomienda a los autores/as difundir su obra a través de Internet (p. ej.: en archivos telemáticos institucionales o en su página web) antes y durante el proceso de envío, lo cual puede producir intercambios interesantes y aumentar las citas de la obra publicada. (Véase El efecto del acceso abierto).